El Folleto Oficial del Estado ha anunciado este sábado la oferta de trabajo público de 2.491 novedosas plazas para el Cuerpo Nacional de Policía y otras 2.154 para la Guarda Civil.
La oferta se recopila en 2 reales decretos aprobados en Consejo de Ministros el pasado 21 de julio por idea conjunta de los Ministerios de Política Territorial y también Interior, en colaboración con el Ministerio de Hacienda.
BOE.
? Cuerpo de la Guarda Civil. Oferta de trabajo:
Toda la información publicada en el BOE aquí.
Requisitos a lo largo del desarrollo de selección y periodos de capacitación
Estos son los requisitos mínimos en las oposiciones de la Guarda Civil 2018:
- Enseñar la documentación antes de la finalización del periodo de tiempo para admisión de instancias: 23 de mayo de 2018.
- Tener nacionalidad de españa.
- Tener 18 años cumplidos en 2018 y no sobrepasar de 41.
- No estar privado de derechos civiles.
- Sin antecedentes penales.
- No ser separado a través de expediente disciplinario del servicio de ciertas Gestiones Públicas o ser inhabilitado para el ejercicio de funcionalidades públicas.
- Tener la actitud psicofísica que se requiere para cursar los propios proyectos de estudio, lo que se acreditará a través de la superación de los reconocimientos y pruebas que se determinen en esta convocatoria.
- Estar en posesión de los requisitos de ingreso demandados en el Sistema Educativo Español para entrar a las enseñanzas conducentes a los ciclos formativos de Capacitación Profesional de Nivel Medio:
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o un nivel académico superior.
- Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
- Haber superado el curso de capacitación concreto para el ingreso a ciclos de nivel medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración Didáctica.
- Haber superado la prueba de ingreso a ciclos formativos de nivel medio o superior, o la prueba de ingreso a la facultad para mayores de 25 años.
- No ser dado de baja de un centro de enseñanza de la Carrera Militar por las causas establecidas en los productos 71.2 y 48.1 de la Constitución.
- No haber resuelto su internamiento como soldado de tropa y de mar a consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades expertos, por imposición de sanción disciplinaria o por imposición de sanción disciplinaria de resolución de internamiento.
- Conseguir el deber de portar armas y, en su caso, usarlas, según con los principios básicos de congruencia, ocasión y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se va a prestar a través de declaración de la solicitante.
- Estar en posesión del permiso de conducción clase B.
- Falta de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, a las autoridades o a las virtudes militares, que impliquen ofensa al traje, que atenten contra la especialidad o la imagen de la Guarda Civil en alguno de sus formas, que reflejen indecentes móviles inteligentes o inciten a la discriminación de carácter sexual, racial, étnico o espiritual.
- La carencia de tatuajes, anillos, pinchos y también inserciones, automutilaciones o afines que logren ser perceptibles vistiendo las diferentes costumbres de los uniformes de empleo general del Cuerpo de la Guarda Civil.