exclusiones medicas guardia civil

exclusiones medicas guardia civil

Se publicó en el BOE de 12 de mayo el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el catálogo médico de exclusiones para el ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía.

El presente Real Decreto va a entrar en vigor el día después al de su publicación en el «Folleto Oficial del Estado».

Exclusiones médicas para el ingreso en la Guarda Civil

A lo largo del reconocimiento médico se valoran las condiciones físicas y psíquicas de los solicitantes. Cabe indicar que en la convocatoria se establecen las causas por las que un solicitante puede ser excluido.

Las nosologías y condiciones que forman una parte del cuadro de exclusiones médicas están en la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, y su actualización Orden PCM/521/2021, de 27 de mayo. Los dos documentos tener toda la información actualizada.

Patologías y causas en general

En este capítulo se incluye cualquier clase de descubrimiento, perturbación, lesión o patología que; así sea por sí solo, su evolución, consecuencias o por el régimen o su necesidad de control; no permita o dificulte la adecuada ejecución del servicio o suponga un peligro para usted o para terceros.

Estas son condiciones en general que van a ser transmitidas al servicio médico adscrito a la oposición a la que te presentas, el que va a estudiar tu caso en particular.

¿Están excluidos los tatuajes en el reconocimiento médico?

El reconocimiento médico va a ser donde se van a poder ver todos y cada uno de los tatuajes de tu cuerpo y van a poder ser fundamento de exclusión. Más allá de que un tatuaje no guarda relación con si disfrutas o no de buena salud, en los requisitos de las bases de oposición en relación a los tatuajes hablan de; » La carencia de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, a las autoridades o a las virtudes militares, que impliquen desdén por el traje, que atenten contra la especialidad o la imagen de la Guarda Civil en alguno de sus formas, que reflejen fundamentos indecentes o inciten a la discriminación de naturaleza sexual, racial, étnica o religiosa. También, no están tolerados esos tatuajes que tengan la posibilidad de quedar a la visión vistiendo las distintas costumbres del traje de la Guarda Civil.

Si la malformación o falta de algún integrante es aparente, va a ser fundamento de exclusión, tal como la carencia de algún órgano del cuerpo que no sea aparente, como el bazo o un riñón.

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